la semana pasada se hicieron públicas las primeras condenas a ciudadanos suecos por compartir material protegido por internet. En concreto, se publicaron dos casos: un hombre de 32 años por compartir una pelÃcula, y un hombre de 44 por compartir cuatro canciones, con multas de 16.000 SEK (aprox 1800€) y 20.000 SEK (aprox 2300€). El acusador es la ifpi, la sociedad que representa a la industria discográfica mundialmente pero que tiene como primer objetivo luchar contra la piraterÃa.
El caso es que en Suecia es ilegal compartir material protegido (es decir, subir, no bajar) desde el año 2005, fecha en la que se estimaba que 740000 suecos compartÃan este tipo de material por internet. Y ahora llegan las primeras condenas. La ifpi quiere seguir con este tipo de denuncias, según un artÃculo del diario city.se . Aquà y aquà hay otro par de artÃculos de otros periódicos.
La ifpi también publica la noticia, pero bajo el tÃtulo de “un gran éxito para el copyright en suecia” y con un tono … bueno, leedlo que está en inglés. Os podéis hacer una idea si os digo que otra noticia que publican es “Spanish star David Bisbal to perform concert at European Parliament in Strasbourg” o “Risks of using p2p on the family computer” … En fin. Esta gente es poco creativa. Si en vez de meterse con la gente se hubieran hecho algo constructivo, como redirigir el mercado a la venta de material “protegido” por internet, ahora iTunes no tendrÃa el 88% del mercado de descargas en estados unidos, ni el 60% de los reproductores mp3 serÃan iPod. Pero no, paguemos al Bisbal para que actúe en el parlamento europeo … (¿es un parlamento o un circo?).
Es curioso que casi todas las denuncias están dirigidas contra material de artistas suecos (la pelÃcula, “RÃ¥narna”, y tres de las cuatro canciones, de Roxette, Mauro Scocco y Jakob Hellman. La cuarta canción es de Eurythmics), aunque los acusados tenÃan miles de canciones y de otros materiales en sus ordenadores. Lo selectivo de las denuncias y la “moderación” en las sentencias creo que es un acierto para promover el FUD, porque los acusados no son grandes recopiladores de material, ni mafiosos de europa del este, sino personas de la calle como cualquier otro.
También han tenido cuidado a la hora de escoger a las “vÃctimas” para que no haya dudas sobre la autorÃa de los hechos. Por ejemplo, en el artÃculo de city.se (del que no tengo la referencia online, pero es del dÃa 19 de octubre), dice, textualmente, “la persona de 44 años de edad, que está retirado por enfermedad, vive solo y no ha dado información sobre si habÃa estado fuera esos dÃas o si otra persona habÃa estado en su apartamento cuando se descargaron los archivos”. Fino, ¿eh? Sin vÃa de escape.
Una última nota curiosa. En el año 2005, cuando entró en vigor esta ley, hicieron un defacement de la página web de la oficina antipiraterÃa del gobierno, www.antipiratbyran.com. Pues, para conmemorar las primeras condenas contra usuarios p2p se han hecho pública una página (no sé desde cuándo está activa) que conmemora este defacement y otro del 2003 en www.antipiratbyran.se . A ver cuánto dura 😉
Qué curioso. Me dan de alta internet la misma semana en que publican estas condenas. ¿estará relacionado? ¿los españoles damos miedo? 😉

